Todavía faltan una serie de normativas para los matrimonios igualitarios.

Quedan pendientes en tema de matrimonios igualitarios

Pachuca de Soto, Hidalgo.- El matrimonio igualitario podría ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo la próxima semana; al respecto, el análisis sobre la garantía pone bajo el reflector herencias, adopción, concubinato, viudez, entre otros aspectos que deberán ser garantes de derechos.

De acuerdo con el análisis realizado por esta mesa de redacción y en consulta con las parejas que ya confirmaron sus matrimonios en los códigos vigentes, algunos artículos deberán ser especificados por el Congreso local y el gobierno de estado. Al Ejecutivo estatal le restan siete días hábiles para publicar la nueva ley que fue aprobada por el Congreso la semana pasada y que permite a las personas del mismo sexo casarse en unión legal.

Con 18 votos a favor, dos en contra y ocho abstenciones, el Congreso de Hidalgo aprobó por mayoría modificar la ley para la familia del estado con el objetivo de permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo.

A aunque recién fue aprobado, ya han sido llevados a cabo cinco matrimonios vía amparo, mismos que dieron luz a las necesidades para que ese derecho se cumpla en su totalidad, pues han detectado lo que requiere modificarse en el sistema actual.

El primero de ellos es que las actas de nacimiento ya no deberán decir “él” o “ella”, como anteriormente era asentado, y ahora deberá tener un espacio que señale a los cónyuges sin especificar su sexo, así queda abierto a que sean hombre-mujer, dos mujeres y dos hombres.

También es necesario que sea revisado el tema del certificado médico que debe constatar que los cónyuges no deben tener enfermedades crónico-degenerativas, pues eso sería un impedimento para consumarlo, lo que deja fuera a muchas parejas y se presume discriminación por enfermedades.

De acuerdo con la ley, el matrimonio deberá ser gratuito a menos que sea en el domicilio de los contrayentes. Asimismo, los cónyuges deberán expresar la voluntad para casarse por bienes mancomunados o separados.

Cabe señalar que en la ley actual están establecidas las responsabilidades de ambos el sustento del hogar, sobre todo si tienen hijos, mismo que queda en responsabilidad de ambos. En caso de disolución de matrimonio quedarán sujetos a la ley vigente para la separación de bienes.

En ese sentido, el gobierno también deberá atender la capacitación para las pláticas prematrimoniales que da el registro civil en sus 84 oficialías, ya que actualmente se habla de enfermedades de trasmisión sexual y no aplica para parejas del mismo sexo. En general, ese requisito está dirigido al matrimonio entre hombre y mujer y tendría que adecuarse a las parejas del mismo sexo.

El artículo 109 de la ley familiar refiere que “la custodia de los hijos menores de 12 años estará bajo la responsabilidad de la madre, con excepción de que exista alguna causa o impedimento que ponga en riesgo el desarrollo integral del menor, atendiendo siempre el interés superior de ese”, en el caso de las parejas homoparentales deberá ser revisado ese recurso, ya que la unión no será formada como heterosexual. Lo mismo aplicará para el registro y la custodia de los menores en caso de que estén registrados en el estado.

De la misma manera, deberá revisarse el tema del concubinato que usualmente se comprueba con los hijos de la pareja, en caso de las uniones del mismo sexo, las autoridades deberán determinar cuál será la prueba para comprobar el concubinato.

Además, queda a responder el tema de las herencias y pensiones en caso de que exista o no testamento, viudez y otros temas también deberán ser reescritos para que la ley tenga efecto. En ese tema, las instituciones de salud como el IMSS tienen un avance en la materia desde 2014, cuando fue permitido el registro de seguridad social a personas del mismo sexo en matrimonio.

Esa es una ruta de lo que el gobierno deberá atender para que la ley sea accesible para todas las parejas.

Por Daniel Martínez Martínez